Recursos
45ª Todo concursante, por el hecho de participar en los concursos, somete las acciones que pudieran derivarse de este hecho a la decisión que adopte LoterÃas y Apuestas del Estado, de acuerdo con la normativa vigente.
46ª Si el concursante no estuviere conforme con la resolución de la Dirección General de la Entidad, cualquiera que sea la cuantÃa del premio invocado, podrá interponer los recursos correspondientes de conformidad con lo establecido en la norma 47ª 47ª 1. Los actos administrativos y disposiciones generales de LoterÃas y Apuestas del Estado relativos a las materias que por estas normas se regulan, podrán ser objeto de recurso en los casos, plazo y forma que determine la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, teniendo carácter desestimatorio la falta de resolución expresa.
2. Las resoluciones firmes en vÃa administrativa serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo.
48ª Todos los plazos previstos en las presentes normas están determinados por la fecha de celebración del sorteo en que participa cada resguardo.
Norma final
49ª 1. En todo lo no previsto en las presentes normas se estará a lo que disponga LoterÃas y Apuestas del Estado para su aplicación e interpretación, siendo, en todo caso, aplicable la normativa vigente para los juegos del Estado.
2. Quedan derogadas todas las normas anteriores de igual o inferior rango que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución.
3. A efectos de los concursos de pronósticos del Euromillones, sin perjuicio de lo indicado en el artÃculo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en materia de recursos, las reclamaciones, telegramas y demás comunicaciones se dirigirán a LoterÃas y Apuestas del Estado, calle Guzmán el Bueno, 137, 28003 Madrid, donde radica su domicilio legal.
4. La presente Resolución entrará en vigor el mismo dÃa de su publicación en el BoletÃn Oficial del Estado, siendo de aplicación a todos los boletos que se validen para los sorteos de Euromillones que se celebren a partir del dÃa 9 de febrero de 2004.
